Viviendas supervisadas

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La Asociación titular de la vivienda “supervisada” para personas con discapacidad en la que reside el peatón atropellado no responde de sus actos

13 de febrero de 2019 Jurisprudencia TRÁFICO

No existe vinculación entre la distracción del peatón atropellado con la vivienda supervisada donde residía, pues el accidente se produjo fuera de la vivienda, fuera del horario de supervisión. La asociación no es responsable de pagar los gastos hospitalarios que fueron satisfechos por la aseguradora del vehículo. Corresponden en exclusiva a la madre, por ser su tutora legal.  

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